BARCELONA — Carles Puigdemont queda más cerca de poder regresar a España sin riesgo de detención después de que el Tribunal Constitucional haya avalado este martes la aplicación de la ley de amnistía a la malversación vinculada al procés. La decisión no elimina automáticamente las medidas judiciales que todavía pesan sobre el expresident, pero modifica de forma sustancial el marco que había permitido al Tribunal Supremo mantenerlo fuera de la amnistía.
El Pleno del Constitucional ha estimado por siete votos frente a cinco el recurso de Dolors Bassa contra la negativa del Supremo a amnistiar su condena por malversación. La mayoría considera que la interpretación de la Sala Penal vulneró su derecho a la tutela judicial efectiva y fija una doctrina que deberá proyectarse sobre los procedimientos de otros dirigentes independentistas en situaciones jurídicas comparables.
Puigdemont es el caso de mayor impacto político. El expresident permanece fuera de España y está procesado por malversación. El magistrado Pablo Llarena mantuvo la orden nacional de detención al considerar que los hechos que se le atribuyen no quedaban cubiertos por la ley de amnistía. La nueva doctrina constitucional cuestiona precisamente la interpretación jurídica sobre la que se sostuvo esa exclusión.
El siguiente movimiento corresponde al Supremo
La resolución del Constitucional no equivale por sí sola a una cancelación inmediata de la orden de detención ni a una amnistía formal de Puigdemont. El Tribunal Supremo deberá aplicar la doctrina constitucional a los recursos y procedimientos pendientes y decidir qué medidas siguen teniendo fundamento jurídico.
La diferencia es decisiva para establecer cuándo podría producirse un regreso. Si el Supremo aplica el criterio fijado por el Constitucional y declara amnistiada la malversación atribuida al expresident, deberá revisar las consecuencias procesales asociadas a ese delito, incluida la orden nacional que hasta ahora condiciona su entrada en España.
La decisión del TC resuelve uno de los principales obstáculos que habían limitado el alcance efectivo de la Ley Orgánica 1/2024. El Supremo había interpretado que determinadas conductas de malversación quedaban excluidas por la existencia de un beneficio patrimonial y por su posible afectación a los intereses financieros de la Unión Europea. El Constitucional rechaza ahora esa interpretación en el caso Bassa.
Una decisión con impacto inmediato en Catalunya
Salvador Illa ha celebrado el fallo afirmando que “el tiempo nos ha dado la razón” y lo ha situado dentro del proceso de normalización política de Catalunya. Junts, por su parte, sigue pendiente de las consecuencias concretas que tendrá la resolución sobre su líder.
El calendario añade una dimensión política inmediata. España acaba de entrar en la precampaña de las elecciones generales del 29 de noviembre y cualquier modificación de la situación judicial de Puigdemont puede alterar su capacidad para participar presencialmente en la campaña y en la actividad política en Catalunya.
La clave ya no está únicamente en si la malversación del procés puede ser amnistiada. El Constitucional ha respondido favorablemente a esa cuestión en el recurso de Bassa. El siguiente paso es determinar cómo ejecuta el Supremo esa doctrina y en qué momento modifica, en su caso, las medidas todavía vigentes sobre Puigdemont.

