BARCELONA — El Tribunal Económico-Administrativo Central, dependiente del Ministerio de Hacienda, ha respaldado la aplicación del valor de referencia del Catastro para calcular determinados impuestos inmobiliarios, aunque todavía no exista el reglamento específico previsto para desarrollar el sistema.
La resolución refuerza la posición de la Administración en un asunto que afecta a compraventas, herencias y donaciones. Desde 2022, el valor de referencia puede convertirse en la base imponible cuando supera el precio declarado por el contribuyente.
Una base fiscal distinta del valor catastral
El valor de referencia no es el valor catastral utilizado para impuestos municipales como el IBI. Se calcula a partir de las operaciones comunicadas por notarios y registradores y se ajusta según la localización, el uso y las características del inmueble. Hacienda sostiene que esta metodología ofrece una referencia objetiva del mercado.
En la práctica, si una vivienda se compra por debajo de esa cifra, el impuesto sobre transmisiones patrimoniales puede liquidarse sobre el valor de referencia. El mismo criterio se aplica en sucesiones y donaciones. La diferencia puede elevar de forma significativa la factura fiscal, especialmente en inmuebles deteriorados o que necesitan reformas.
El contribuyente mantiene la vía de recurso
El respaldo del tribunal administrativo no impide discutir el valor asignado. El propietario puede solicitar la rectificación de su autoliquidación, presentar un recurso de reposición o acudir a una reclamación económico-administrativa. Para prosperar, deberá acreditar que el estado real o las circunstancias del inmueble no están correctamente reflejados.
Fotografías, informes técnicos, presupuestos de obra o tasaciones independientes pueden resultar determinantes. La carga de iniciar la impugnación recae, sin embargo, sobre el contribuyente, que normalmente debe declarar primero conforme al valor de referencia y reclamar después la devolución.
La decisión aporta seguridad jurídica a Hacienda, pero no cierra el conflicto de fondo. El sistema utiliza datos masivos para valorar bienes concretos y esa distancia seguirá generando litigios cuando la referencia estadística no coincida con la realidad física o económica del inmueble.

