El Supremo cierra los recursos contra el decreto de universidades privadas tras su anulación

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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, junto a la ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, Diana Morant, conversa con responsables y científicos del centro. | Pool Moncloa / Sandra Armada. Instituto de Ciencias Matemáticas, Madrid - 18.9.2026

MADRID — El Tribunal Supremo ha declarado este miércoles la pérdida sobrevenida de objeto de los recursos presentados contra el real decreto del Gobierno que endurecía los requisitos para crear y autorizar universidades privadas. La decisión afecta a las impugnaciones de la Comunidad de Madrid, Aragón, Extremadura y varios centros universitarios, después de que el alto tribunal anulara íntegramente la norma la semana pasada.

La anulación anterior deja sin objeto los demás recursos

La Sala de lo Contencioso-Administrativo considera innecesario volver a examinar una disposición que ya ha quedado anulada. Entre los procedimientos afectados figura el recurso conjunto de las universidades CIS, Schiller, Saint Louis y Francisco Marroquín. El Supremo aplica el mismo criterio a las impugnaciones de las comunidades autónomas y de entidades como CEU, la Universidad de las Hespérides y Máster del Conocimiento.

El tribunal anuló el Real Decreto 905/2025 al estimar un recurso del Gobierno de las Islas Baleares. Los magistrados concluyeron que el Ejecutivo no justificó debidamente la tramitación urgente utilizada para aprobarlo, una vía que permitió omitir la consulta pública previa. La sentencia impuso además 6.000 euros en costas a la Administración General del Estado.

Los requisitos que pretendía imponer el Gobierno

La norma impulsada por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, dirigido por Diana Morant, establecía nuevas condiciones para los proyectos universitarios. Entre ellas figuraban un mínimo de 4.500 estudiantes, garantías de solvencia económica, una evaluación vinculante de la ANECA o de las agencias autonómicas equivalentes y compromisos de inversión en investigación.

El texto también exigía destinar a investigación el 5% del presupuesto, contar con un 50% de profesorado doctor y prever plazas de alojamiento equivalentes al 10% del alumnado durante los primeros años de funcionamiento. Para las universidades en línea introducía requisitos adicionales de reconocimiento.

Competencias autonómicas y seguridad jurídica

Madrid, Aragón y Extremadura cuestionaban el alcance de la regulación sobre las competencias autonómicas. Varias universidades denunciaban, por su parte, restricciones a la creación de centros y plazos insuficientes para adaptarse. El Supremo no resuelve ahora esas objeciones de fondo: se limita a constatar que los recursos han perdido su objeto porque el decreto ya no está vigente.

La decisión afecta al marco de autorización de nuevos centros en toda España, incluidas las comunidades del arco mediterráneo. Cualquier nueva regulación del Gobierno deberá seguir los trámites legalmente exigidos y superar, en su caso, el control jurisdiccional.

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