MADRID — El Boletín Oficial del Estado publica este miércoles el Real Decreto-ley 26/2026 de vivienda aprobado por el Gobierno, que amplía hasta 2030 la protección frente a desahucios de hogares vulnerables, refuerza la estabilidad de los contratos de alquiler y regula los arrendamientos de temporada y por habitaciones. El texto entra ahora en su fase de aplicación, aunque deberá ser convalidado por el Congreso.
Una de las principales medidas prolonga la protección frente a los lanzamientos de personas en situación de vulnerabilidad sin alternativa habitacional. El decreto combina la suspensión de determinados desahucios con un mecanismo extraordinario para los casos de impago: cuando se acredite vulnerabilidad y la administración competente no ofrezca una alternativa adecuada, deberá intervenir en los términos previstos por la nueva regulación. El texto contempla además mecanismos de compensación para propietarios particulares afectados.
Dos años más para contratos que vencen antes de 2029
El decreto permite una prórroga extraordinaria de dos años para contratos de alquiler en vigor que finalicen antes del 31 de diciembre de 2028. El objetivo es evitar que el vencimiento contractual se traduzca automáticamente en una salida de la vivienda o en una fuerte revisión de la renta.
También se refuerza la regulación de los alquileres de temporada y por habitaciones para impedir que estas fórmulas sean utilizadas para eludir las obligaciones aplicables al alquiler residencial. La norma extiende garantías y límites cuando el uso real del inmueble corresponde a una necesidad de vivienda.
Fondos de inversión y vivienda asequible
Otra de las medidas limita hasta finales de 2028 determinadas adquisiciones especulativas de vivienda por fondos de inversión. La restricción afecta a operaciones realizadas por debajo del 70% del valor de tasación, con excepciones cuando los inmuebles se destinen a alquiler social o asequible.
El paquete incorpora además instrumentos para ampliar la oferta asequible e incentivos fiscales vinculados al alquiler, junto con medidas dirigidas a propietarios que reduzcan rentas. El Gobierno pretende combinar así protección del inquilino, contención de precios y estímulos para movilizar vivienda hacia el mercado residencial.
El Congreso debe convalidar el decreto
La publicación en el BOE no cierra el recorrido parlamentario. Como todo real decreto-ley, el texto deberá someterse al Congreso en un plazo máximo de 30 días. La Cámara podrá convalidarlo o derogarlo; también podrá acordar su tramitación posterior como proyecto de ley, lo que permitiría introducir enmiendas.
El Gobierno ha solicitado un pleno extraordinario para acelerar esa votación. Hasta entonces, las nuevas medidas entran en vigor en los términos fijados por el propio decreto, pero su continuidad dependerá de que el Ejecutivo reúna una mayoría suficiente en el Congreso.

